Ley 24.145

Artículo 12Comisi├│n de Privatizaci├│n de los activos de YPF (ART├ìCULO VETADO ├ìNTEGRAMENTE por el Decreto 1858/1992)

Texto oficial

Cr├®ase la Comisi├│n de Privatizaci├│n de los activos de YPF SOCIEDAD ANONIMA, que tendr├í por funci├│n supervisar el cumplimiento de la presente ley, quedando facultada para requerir todo tipo de informaci├│n y que estar├í integrada por NUEVE (9) miembros: TRES (3) representantes designados por el Poder Ejecutivo Nacional, DOS (2) diputados en representaci├│n de la Honorable C├ímara de Diputados de la Naci├│n, DOS (2) senadores en representaci├│n de la Honorable C├ímara de Senadores y DOS (2) jubilados por las entidades m├ís representativas del sector

Qué significa en la práctica

Este art├¡culo NO RIGE: fue observado en su totalidad por el art├¡culo 2 del Decreto 1858/1992 y nunca entr├│ en vigencia. Lo que propon├¡a era crear una Comisi├│n de Privatizaci├│n de los activos de YPF con la funci├│n de supervisar el cumplimiento de la ley y la facultad de requerir todo tipo de informaci├│n, integrada por nueve miembros: tres del Poder Ejecutivo, dos diputados, dos senadores y ÔÇödato singularÔÇö dos jubilados designados por las entidades m├ís representativas del sector, presencia que se explica porque el art├¡culo 23 destinaba al sistema previsional el 100% de lo obtenido por la venta de las acciones Clase A. El Poder Ejecutivo lo vet├│ por considerarlo innecesario frente a la Comisi├│n Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones de la Ley de Reforma del Estado. Consecuencia pr├íctica: la privatizaci├│n de los activos de YPF qued├│ sin el ├│rgano de supervisi├│n espec├¡fico que el Congreso hab├¡a dise├▒ado, y sin la representaci├│n de los jubilados en el control de una operaci├│n cuyo producido estaba destinado a su propio sistema.

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