Texto oficial
Deber├í ser condici├│n de venta de los activos comprendidos en el Anexo V de la presente ley, cualquiera sea la metodolog├¡a a emplear, que el comprador, de acuerdo a lo prescripto por la Ley N┬║ 22.262 y seg├║n se establezca en las Bases y Condiciones respectivas, no adquiera a trav├®s del activo objeto de la operaci├│n una posici├│n controlante en el mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el inter├®s econ├│mico general.