Respecto de la para contratar, podrán concertar por sí mismos, ese tipo de contratos las personas que tengan plena de obrar, o las que, aun teniendo de obrar limitada, hubieran obtenido la correspondiente autorización, expresa o tácita, de quien ejerza su representación legal.
Qué significa en la práctica
Resuelve una cuesti├│n pr├íctica que en la ├®poca pod├¡a frustrar la contrataci├│n: qui├®n firma. Si la persona tiene plena de obrar, contrata por s├¡ misma, sin intermediarios. Si su est├í limitada judicialmente, puede igualmente contratar con la autorizaci├│n ÔÇöexpresa o t├ícitaÔÇö de su representante legal. La admisi├│n de la autorizaci├│n t├ícita es deliberadamente flexible: evita que el tr├ímite de una autorizaci├│n formal bloquee el acceso al empleo.
Ejemplo práctico
Una persona con capacidad de obrar limitada por sentencia puede firmar igualmente su contrato en el taller si su curador la autoriza, y la autorización puede ser tácita: alcanza con que el representante legal conozca y no se oponga.