Texto oficial
Fac├║ltase al poder Ejecutivo nacional a afectar, con destino a "Rentas generales", los excedentes financieros de las cuentas bancarias incorporadas al sistema del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales, establecido por decreto 6586 de fecha 31 de marzo de 1947 y sus modificaciones, con excepci├│n de las cuentas correspondientes al ANSSES y al SUSS.
El Poder Ejecutivo nacional fijará las normas de procedimiento relacionadas con la facultad conferida por el presente artículo.