Artículo 38Refuerza en $ 22,3 millones el cr├®dito del Servicio Penitenciario Federal
Texto oficial
Increm├®ntase en la suma de veintid├│s millones trescientos mil pesos ($ 22.300.000) el cr├®dito aprobado para la Jurisdicci├│n 40 ÔÇö Ministerio de Justicia (Programa 16 ÔÇö Seguridad y rehabilitaci├│n del interno), destinado a la atenci├│n de los establecimientos penitenciarios dependientes del Servicio Penitenciario Federal que se detallan en la planilla n├║mero 13 anexa al presente art├¡culo. Dicho incremento ser├í financiado por una rebaja por igual monto de otras asignaciones presupuestarias previstas en la presente ley y que deber├í instrumentar el Poder Ejecutivo nacional en oportunidad de dictar la distribuci├│n administrativa de los cr├®ditos de la misma.
Qué significa en la práctica
Aumenta en 22,3 millones de pesos el cr├®dito del Ministerio de Justicia destinado a los establecimientos penitenciarios federales detallados en la planilla 13. Como en el caso de las universidades, el refuerzo se financia con una rebaja equivalente en otras partidas que el Ejecutivo debe definir al distribuir los cr├®ditos: es reasignaci├│n, no gasto nuevo.