Ley 24.429
Si un soldado voluntario sufre durante un ejercicio una lesi├│n que le reduce de forma permanente su capacidad laboral, el haber o la pensi├│n que le corresponde no se calcula por un r├®gimen especial m├ís pobre, sino seg├║n la ley para el personal militar y su reglamentaci├│n; lo mismo rige para la pensi├│n de los familiares en caso de fallecimiento.