Ley 24.447

Artículo 13Avales ya autorizados por ley

Texto oficial

Consid├®rese autorizado el otorgamiento del aval del TESORO NACIONAL relacionado con aquellas operaciones de cr├®dito p├║blico contra├¡das por entidades de la ADMINISTRACION NACIONAL, que cuenten con aprobaci├│n en la respectiva ley de presupuestos o ley especifica, en el marco de lo dispuesto por el art├¡culo 60 de la Ley N┬║ 24.156.

Qué significa en la práctica

Aclara que las operaciones de cr├®dito de entidades de la administraci├│n nacional que ya tienen aprobaci├│n en una ley de presupuesto o en una ley espec├¡fica se consideran avaladas por el Tesoro sin necesidad de un acto nuevo. Evita el doble tr├ímite en el marco del art├¡culo 60 de la Administración Financiera.

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