Ley 24.447

Artículo 12Avales del Tesoro Nacional

Texto oficial

Fac├║ltase a la SECRETARIA DE HACIENDA a otorgar avales del TESORO NACIONAL, por las operaciones de cr├®dito p├║blico que contraigan los entes del Sector P├║blico detallados en la planilla N┬║ 13 anexa al presente art├¡culo, y por los montos m├íximos determinados en la misma.

Qué significa en la práctica

Faculta a la Secretaría de Hacienda a garantizar con el Tesoro las deudas que tomen los entes públicos de la planilla 13, hasta los montos allí fijados. El aval no es gasto hoy, pero es un pasivo contingente: si el ente no paga, paga el Estado nacional.

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