Artículo 35Administraci├│n de recursos del PAMI por la ANSES
Texto oficial
Fac├║ltase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a administrar de la recaudaci├│n del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, los importes que resulten necesarios para atender el pago de la prestaci├│n dispuesta por el Decreto N┬║ 2627/92
Qué significa en la práctica
Autoriza a la ANSES a tomar de la recaudación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) los importes necesarios para pagar la prestación dispuesta por el Decreto 2627/92. Es un mecanismo de caja entre dos organismos del sistema de seguridad social. El artículo 61 lo incorpora a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto.