Ley 24.465

Artículo 2Contrato a tiempo parcial: incorporaci├│n del art├¡culo 92 ter a la Ley de Contrato de Trabajo

Texto oficial

Agr├®guese como art├¡culo 92 ter del R├®gimen de de Trabajo (L.C.T. t.o. 1976), el siguiente: "Art├¡culo 92 ter: de Trabajo a tiempo Parcial. 1.-El de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado n├║mero de horas al d├¡a o a la semana o al mes, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneraci├│n no podr├í ser inferior a la proporcional que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o , de la misma categor├¡a o puesto de trabajo. 2.-Los trabajadores contratados a tiempo parcial no podr├ín realizar horas extraordinarias, salvo el caso del art├¡culo 89 de la presente Ley. 3.-Las cotizaciones a la seguridad social y las dem├ís que se recaudan con ├®sta, se efectuar├ín en proporci├│n a la remuneraci├│n del trabajador y ser├ín unificadas en caso de pluriempleo. En este ├║ltimo supuesto, el trabajador deber├í elegir entre las obras sociales a las que aporte, a aquella a la cual pertenecer├í. 4.-Las prestaciones de la seguridad social se determinar├ín reglamentariamente teniendo en cuente el tiempo trabajado, los aportes y las contribuciones efectuadas. Las prestaciones de obra social ser├ín las adecuadas para una cobertura satisfactoria en materia de salud, aportando el Estado los fondos necesarios a tal fin, de acuerdo al nivel de las prestaciones y conforme lo determine la reglamentaci├│n. 5.-Los convenios colectivos de trabajo podr├ín establecer para los trabajadores a tiempo parcial prioridad para ocupar las vacantes a tiempo completo que se produjeren en la empresa."

Qué significa en la práctica

Definió por primera vez el a tiempo parcial: es el del trabajador que se obliga a trabajar menos de dos tercios de la jornada habitual de la actividad, y su no puede ser menor a la parte proporcional de lo que cobra un trabajador de jornada completa de la misma categoría. No puede hacer horas extras salvo el caso de del artículo 89, los aportes se calculan en proporción a lo que cobra y se unifican si tiene varios empleos, y el puede darle prioridad para ocupar las vacantes de jornada completa que se abran en la empresa. Es el único artículo de esta ley que no derogó la Ley de Reforma Laboral de 1998, pero su contenido tampoco rige: la Ley 26.474 reescribió íntegramente el artículo 92 ter en enero de 2009.

Ejemplo práctico

Bajo el texto de 1995: si la jornada habitual de la actividad es de 48 horas semanales, un contrato a tiempo parcial es el de menos de 32 horas (dos tercios). Un empleado contratado por 24 horas semanales en una categoría cuyo salario de convenio a jornada completa es de 100, no puede cobrar menos de 50. Y no se le pueden pedir horas extras para llegar a la jornada completa: si la empresa necesita esas horas, tiene que contratarlo a tiempo completo.

Efectos prácticos

  • •El contrato de jornada inferior a dos tercios de la habitual qued├│ definido y regulado como contrato a tiempo parcial
  • •La remuneraci├│n no pod├¡a ser inferior a la proporcional de un trabajador de jornada completa de la misma categor├¡a
  • •Se prohibieron las horas extraordinarias, salvo el auxilio extraordinario del art├¡culo 89 de la Ley de Contrato de Trabajo
  • •Los aportes se calculaban en proporci├│n y se unificaban en caso de pluriempleo, con elecci├│n de obra social por el trabajador

Normas relacionadas

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