Ley 24.600

Artículo 39Causales de exoneraci├│n

Texto oficial

Se podrá aplicar sanción de exoneración en los siguientes casos: a) Falta grave que perjudique material o moralmente al Poder Legislativo de la Nación; b) contra la administración; c) Incumplimiento intencional de órdenes legales teniendo en cuenta su gravedad; d) Las previstas en leyes especiales; e) Imposición de pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para la función pública.

Qué significa en la práctica

Reserva la sanci├│n m├ís grave ÔÇöla exoneraci├│n, que adem├ís impide reingresar a la administraci├│n mientras no haya rehabilitaci├│nÔÇö para cinco casos: falta grave que perjudique material o moralmente al Poder Legislativo, contra la administraci├│n, incumplimiento intencional de ├│rdenes legales seg├║n su gravedad, los supuestos previstos en leyes especiales, y la imposici├│n de una pena de inhabilitaci├│n absoluta o especial para la funci├│n p├║blica, sea principal o accesoria.

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