Ley 24.600

Artículo 4Qu├® es el personal de planta permanente

Texto oficial

Se considera personal de planta permanente al empleado contratado para satisfacer necesidades permanentes del Poder Legislativo de la Naci├│n que, en virtud de ello, goza de los derechos a la estabilidad en el empleo y al progreso en la carrera administrativa. La inclusi├│n en la planta permanente debe ser expresamente indicada en el de designaci├│n.

Qué significa en la práctica

Define la planta permanente por el tipo de necesidad que satisface: el empleado contratado para necesidades permanentes del Poder Legislativo. De esa naturaleza se derivan sus dos ventajas centrales, la estabilidad en el empleo y el progreso en la carrera administrativa. El artículo cierra con un recaudo formal que evita discusiones posteriores: la inclusión en la planta permanente debe estar expresamente indicada en el de designación.

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