Ley 24.600

Artículo 60Los derechos del estatuto son m├¡nimos e irrenunciables

Texto oficial

Los derechos reconocidos a los empleados legislativos en este estatuto tienen el carácter de mínimo e irrenunciable y podrán ser ampliados o mejorados reglamentariamente.

Qué significa en la práctica

Es la cláusula de orden público del estatuto y conviene leerla junto a cualquier otro artículo. Los derechos que la ley reconoce constituyen un piso: no pueden renunciarse ni negociarse a la baja, y sí pueden ser ampliados o mejorados por vía reglamentaria. Cualquier norma interna o acuerdo que reduzca esos derechos es inválido por contradecir este artículo.

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