Artículo 25Incremento del diez por ciento en la inversi├│n educativa
Texto oficial
Determ├¡nase en un DIEZ POR CIENTO (10 %) el incremento en la inversi├│n p├║blica consolidada total en educaci├│n para el ejercicio de 1996. Los refuerzos a los cr├®ditos presupuestarios para alcanzar el VEINTE POR CIENTO (20 %), a que alude el art├¡culo 61 de la Ley N┬░ 24.195, quedar├ín supeditados a la obtenci├│n de mayores recursos sobre el monto estimado en el art├¡culo 2┬║ de la presente ley.
Qué significa en la práctica
La Ley Federal de Educación 24.195 había comprometido en su artículo 61 duplicar la inversión pública en educación. Este artículo fija para 1996 un incremento del diez por ciento y condiciona los refuerzos necesarios para llegar al veinte por ciento a que aparezcan recursos por encima de lo estimado en el artículo 2. En los hechos, subordina una meta educativa a la marcha de la recaudación.