Artículo 1Aprobaci├│n del acuerdo nuclear con Francia
Texto oficial
Apru├®base el Acuerdo de cooperaci├│n entre el Gobierno de la Rep├║blica Argentina y el Gobierno de la Rep├║blica Francesa para la Utilizaci├│n con fines exclusivamente Pac├¡ficos y no Explosivos de la Energ├¡a Nuclear, suscripto en Buenos Aires el 21 de abril de 1994, que consta de diecis├®is (16) art├¡culos y un (1) Anexo, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Es el art├¡culo que hace el trabajo de la ley: el Congreso aprueba el acuerdo firmado con Francia en Buenos Aires el 21 de abril de 1994 para usar la energ├¡a nuclear con fines exclusivamente pac├¡ficos y no explosivos. El art├¡culo precisa que el acuerdo tiene diecis├®is art├¡culos y un anexo, y que la copia autenticada forma parte de la ley: el texto internacional entra como anexo, no como articulado propio. Con la aprobaci├│n legislativa el Poder Ejecutivo queda habilitado a ratificar el acuerdo en el plano internacional.
Efectos prácticos
•El acuerdo firmado en 1994 con Francia adquiere rango de tratado aprobado por ley.
•El texto del acuerdo y su anexo se incorporan como anexo de la ley y no como art├¡culos.
•Queda habilitada la ratificaci├│n internacional por el Poder Ejecutivo.