Artículo 1Creaci├│n de la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social
Texto oficial
Cr├®ase la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social, que en la Capital Federal estar├í integrada por diez (10) Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social, con la dotaci├│n del personal que se indica en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Qué significa en la práctica
Este es el art├¡culo fundacional del . Crea la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social y precisa que, en la Capital Federal, se integra con diez Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social. Hasta ese momento la materia previsional ten├¡a alzada especializada ÔÇöla C├ímara Federal de la Seguridad SocialÔÇö pero no primera instancia propia: las demandas se repart├¡an entre el contencioso administrativo federal, la justicia nacional del trabajo y los juzgados federales del interior. El art├¡culo remite al Anexo I, que forma parte de la ley y fija la planta de personal de cada juzgado: un juez de primera instancia, una secretar├¡a, un prosecretario administrativo, un oficial mayor como secretario privado, cuatro auxiliares administrativos y un ayudante. Estos son los juzgados ante los que hoy se litiga cuando se a la Administraci├│n Nacional de la Seguridad Social en la Ciudad de Buenos Aires.
Efectos prácticos
•Crea diez Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social en la Capital Federal
•Dota al fuero previsional de una primera instancia especializada, que hasta entonces no exist├¡a