Ley 24.655

Artículo 1Creaci├│n de la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social

Texto oficial

Cr├®ase la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social, que en la Capital Federal estar├í integrada por diez (10) Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social, con la dotaci├│n del personal que se indica en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Qué significa en la práctica

Este es el art├¡culo fundacional del . Crea la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social y precisa que, en la Capital Federal, se integra con diez Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social. Hasta ese momento la materia previsional ten├¡a alzada especializada ÔÇöla C├ímara Federal de la Seguridad SocialÔÇö pero no primera instancia propia: las demandas se repart├¡an entre el contencioso administrativo federal, la justicia nacional del trabajo y los juzgados federales del interior. El art├¡culo remite al Anexo I, que forma parte de la ley y fija la planta de personal de cada juzgado: un juez de primera instancia, una secretar├¡a, un prosecretario administrativo, un oficial mayor como secretario privado, cuatro auxiliares administrativos y un ayudante. Estos son los juzgados ante los que hoy se litiga cuando se a la Administraci├│n Nacional de la Seguridad Social en la Ciudad de Buenos Aires.

Efectos prácticos

  • •Crea diez Juzgados Federales de Primera Instancia de la Seguridad Social en la Capital Federal
  • •Dota al fuero previsional de una primera instancia especializada, que hasta entonces no exist├¡a

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