Artículo 16Comisión de Administración y Financiera
Texto oficial
Comisión de Administración y Financiera. Es de su fiscalizar y aprobar la gestión de la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial, realizar auditorías, efectuar el control de legalidad e informar periódicamente sobre ello al plenario del Consejo. (Artículo sustituido por Art. 12 — Reforma del Consejo de la Magistratura (2013) B.O. 27/5/2013. Vigencia: desde el día de su publicación. A partir de la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley quedarán sin efecto todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a su cumplimiento y que importen un detrimento de la administración del Poder Judicial por el Consejo de la Magistratura de la Nación, según el alcance de la ley de referencia. Ver art. 29 Disposiciones Transitorias)
Qué significa en la práctica
Fiscaliza y aprueba la gestión de la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial, realiza auditorías y controla la legalidad. (Texto según la Reforma del Consejo de la Magistratura (2013).)