Ley 25.827

Artículo 99Puesta en funcionamiento de cinco juzgados federales

Texto oficial

Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros para que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 de la presente ley, con el objeto de poner en funcionamiento los juzgados federales que seguidamente se indican, se asigne la suma de SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($ 640.000) para el Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, provincia de Salta (Ley 23.112); la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 1.200.000) para el Juzgado Federal de Rosario, provincia de Santa Fe (Ley 24.121); la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 1.200.000) para el Juzgado Federal de Quilmes, provincia de Buenos Aires (Ley del Juzgado Federal de Quilmes); la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 1.200.000) para el Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña en la provincia del Chaco (Ley 21.188) y la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL PESOS ($ 660.000) para el Juzgado Federal de 3 de Febrero, provincia de Buenos Aires (leyes 25.012 y 25.340). De los montos mencionados en el párrafo deberá distribuir en cada caso y según lo estipulado en las respectivas Leyes de creación de cada juzgado las sumas que deben ser destinadas a la 05 - Poder Judicial de la Nación - Programa 24 - Justicia Federal y las que deben ser destinadas a la 10 - Ministerio Público.

Qué significa en la práctica

Faculta al Jefe de Gabinete a asignar los fondos para poner en funcionamiento juzgados federales ya creados por ley pero sin presupuesto: $ 640.000 para el de San Ramon de la Nueva Oran, Salta (Ley 23.112); $ 1.200.000 para el de Rosario, Santa Fe (Ley 24.121); $ 1.200.000 para el de Quilmes, Buenos Aires (Ley del Juzgado Federal de Quilmes); $ 1.200.000 para el de Presidencia Roque Saenz Pena, Chaco (Ley 21.188); y $ 660.000 para el de 3 de Febrero, Buenos Aires (Leyes 25.012 y 25.340). Debe distribuir en cada caso, segun la ley de creacion de cada juzgado, lo que corresponde al Poder Judicial y lo que corresponde al Ministerio Publico. Ilustra un problema cronico: el Congreso crea juzgados por ley y quedan anos sin abrir por falta de partida. El de San Ramon de la Nueva Oran habia sido creado en 1984.

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