Jefe de Incendio. El Jefe de Incendio tiene las siguientes funciones, atribuciones y responsabilidades:
a) Obtener toda la información sobre el incendio y reportarla a las autoridades superiores;
b) Evaluar la situación del estado del incendio;
c) Conducir las acciones del combate;
d) Disponer la activación de los mecanismos de supresión necesarios;
e) Solicitar la participación de Fuerzas de Seguridad y Defensa Civil;
f) Solicitar el corte del tránsito en rutas provinciales o nacionales;
g) Solicitar el corte del tránsito en vías de ferrocarril;
h) Autorizar, en caso de emergencia, el u ocupación temporal de
los bienes y/o elementos necesarios para la extinción del incendio;
i) Autorizar, en caso de emergencia, el ingreso a terrenos de propiedad privada;
j) Autorizar el corte de alambrados, cercos, portones, tranqueras u otras vías de acceso en terrenos de propiedad privada;
k) Solicitar a la Autoridad Competente, la convocatoria de organismos
públicos nacionales, provinciales, municipales y privados, para la
colaboración con personal o elementos necesarios para el combate del
incendio;
l) Solicitar la asistencia de la fuerza pública más cercana para la
aplicación de lo establecido en los Art. 35 — Ley de Bosques (Riqueza Forestal)
(t.o. decreto 710/95) de Defensa de la Riqueza Forestal. En ningún caso
de convocatoria a civiles se podrán asignar tareas de extinción directa
sobre la línea de fuego, reservándose esta colaboración para tareas de
logísticas y apoyo.
Qué significa en la práctica
Detalla las funciones del Jefe de Incendio: informar, evaluar y conducir el combate, activar la supresión, pedir fuerzas de seguridad, cortar tránsito, y en emergencia disponer , ingreso a predios privados y corte de alambrados; los civiles convocados no combaten en la línea de fuego.