Ley 27.132

Artículo 15Incorpora incisos m) y n) al art. 3° de la Ley 26.352

Texto oficial

— Incorpóranse al Art. 3 — Ley 26.352, como incisos m) y n), los siguientes: m) La gestión de los sistemas de control de circulación de trenes y el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria por sí o por intermedio de los operadores ferroviarios a los que se les asigne dicha tarea; n) La diagramación de los servicios y en su caso la aprobación de los diagramas presentados por los operadores de carga o de pasajeros.

Qué significa en la práctica

Agrega al Art. 3 — Ley 26.352 dos nuevas funciones de ADIF: la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes y el mantenimiento de la infraestructura (por sí o por los operadores asignados), y la diagramación de los servicios o la aprobación de los diagramas presentados por los operadores.

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