Ley 27.430

Artículo 258Reforma del art. 1094 del Código Aduanero

Texto oficial

Sustitúyese el inciso d) del Art. 1094 — Código Aduanero por el siguiente: “d) la liquidación de los tributos que pudieren corresponder o de los importes que el Fisco hubiere pagado indebidamente en virtud de los regímenes de estímulos a la exportación, cuya restitución se reclamare, según el caso”

Qué significa en la práctica

Sustituye el inciso d) del Art. 1094 — Código Aduanero.

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