Ley 27.440

Artículo 29Reforma del art. 70 de la Ley 24.441

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 70 — Ley de Fideicomiso y Leasing, y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 70: Se aplicarán las normas de este artículo y las de los artículos 71 y 72, cuando se cedan derechos como componentes de una cartera de créditos presentes o futuros, para: a) Garantizar la emisión de títulos valores mediante oferta pública o cualquier otro financiamiento; b) Constituir el activo de una sociedad, con el objeto de que ésta emita títulos valores ofertables públicamente y cuyos servicios de amortización e intereses estén garantizados con dicho activo; c) Constituir el patrimonio de un financiero o un fondo común de créditos.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 70 de la Ley de Financiamiento de la Vivienda.

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