Ley 27.467

Artículo 26Cupo fiscal para energías renovables

Texto oficial

Establécese para el Ejercicio 2019 un cupo fiscal de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (U$S 500.000.000) para ser asignado a los beneficios promocionales previstos en el Art. 9 — Ley de Energias Renovables (base) y su modificatoria 27.191 y en el artículo 14 de la última ley citada. La de las leyes mencionadas asignará el cupo fiscal de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto. Los beneficios promocionales se aplicarán en pesos, conforme lo establecido por la . Sin perjuicio de lo previsto precedentemente, se transferirá automáticamente al Ejercicio 2019, el saldo no asignado del cupo fiscal presupuestado en el artículo 1° del decreto 882 del 21 de julio de 2016, del Art. 25 — Ley 27.341 (Presupuesto 2017) y el del Art. 23 — Presupuesto 2018.

Qué significa en la práctica

Establece un cupo fiscal de U$S 500.000.000 para los beneficios promocionales de las energías renovables previstos en el Art. 9 — Ley de Energias Renovables (base) y en los Art. 9 — Ley de Energias Renovables. Los beneficios se aplican en pesos. Además, el saldo no asignado de los cupos anteriores (Decreto 882/2016, Art. 25 — Ley 27.341 (Presupuesto 2017) y Art. 23 — Presupuesto 2018) se transfiere automáticamente a 2019.

Normas relacionadas

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