Establécese para el Ejercicio 2019 un cupo fiscal de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (U$S 500.000.000) para ser
asignado a los beneficios promocionales previstos en el Art. 9 — Ley de Energias Renovables (base) y su modificatoria 27.191 y en el artículo 14 de la
última ley citada. La de las leyes mencionadas
asignará el cupo fiscal de acuerdo con el procedimiento establecido al
efecto. Los beneficios promocionales se aplicarán en pesos, conforme lo
establecido por la . Sin perjuicio de lo
previsto precedentemente, se transferirá automáticamente al Ejercicio
2019, el saldo no asignado del cupo fiscal presupuestado en el artículo
1° del decreto 882 del 21 de julio de 2016, del Art. 25 — Ley 27.341 (Presupuesto 2017) y el del Art. 23 — Presupuesto 2018.