Ley 27.562

Artículo 5Condonación del 10% del capital para 2018-2019

Texto oficial

Sustitúyese el punto 1 del inciso c) del Art. 11 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, de Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, por el siguiente: 1. Período fiscal 2018, 2019 y obligaciones vencidas al 31 de julio de 2020: el diez por ciento (10%) del capital adeudado.

Qué significa en la práctica

Sustituye el punto 1 del inciso c) del Art. 11 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Fija en 10% del capital adeudado la condonación aplicable a las obligaciones de los períodos fiscales 2018 y 2019 y a las vencidas al 31 de julio de 2020.

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