Artículo 5Condonación del 10% del capital para 2018-2019
Texto oficial
Sustitúyese el punto 1 del inciso c) del Art. 11 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, de Social y Reactivación Productiva en el Marco
de la Emergencia Pública, por el siguiente:
1. Período fiscal 2018, 2019 y obligaciones vencidas al 31 de julio de 2020: el diez por ciento (10%) del capital adeudado.
Qué significa en la práctica
Sustituye el punto 1 del inciso c) del Art. 11 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Fija en 10% del capital adeudado la condonación aplicable a las obligaciones de los períodos fiscales 2018 y 2019 y a las vencidas al 31 de julio de 2020.