Artículo 120Aplicación supletoria de las normas de IVA a las apuestas online
Texto oficial
Incorpórase como segundo párrafo del Art. 7 — Ley 27.346, el
siguiente:
Para los casos no expresamente previstos en el presente capítulo, serán
de aplicación supletoria las disposiciones legales y reglamentarias
sobre la materia del impuesto al valor agregado, texto ordenado en 1997
y sus modificaciones.
Qué significa en la práctica
Incorpora un segundo párrafo al Art. 7 — Ley 27.346: para los casos no previstos expresamente en ese capítulo se aplican supletoriamente las disposiciones legales y reglamentarias del IVA. Evita vacíos: cuando el régimen del impuesto a las apuestas no resuelve algo, se recurre a las reglas del IVA.