Ley 27.646

Artículo 4Cómo acogerse al Régimen

Texto oficial

Modifícase el Art. 5 — Ley Ovina, que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 5°: Para poder acogerse al presente Régimen, los solicitantes deberán presentar un plan de trabajo y/o un proyecto de inversión, según corresponda, ante la Unidad Ejecutora Provincial del Régimen referida en el Artículo 22 de la presente, donde se encuentre ubicado el establecimiento y/o se realice la actividad objeto de la solicitud. Se promoverá la igualdad de oportunidades para el desarrollo y participación de las mujeres en la cadena ovina y de llamas. La reglamentará la operatoria y puesta en funcionamiento de la normativa aplicable a la presentación de los planes de trabajo y proyectos de inversión.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 5 — Ley Ovina. Para acceder hay que presentar un plan de trabajo o un proyecto de inversión ante la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) de la provincia donde está el establecimiento. Incorpora el de promover la igualdad de oportunidades y la participación de las mujeres en la cadena ovina y de llamas. La operatoria la reglamenta la .

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