Ley 27.802
Antes del 1 de noviembre de 2026, fecha a la que el Decreto 408/2026 prorrogó la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral, un empleador paga las contribuciones patronales completas: todavía no aporta al Fondo y por lo tanto tampoco descuenta la reducción del artículo 76.