Artículo 57Refuerzo del Consejo Nacional de la Mujer (art├¡culo observado)
Texto oficial
Refu├®rzase en la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS ($ 4.000.000) el Programa 17 - Pol├¡ticas P├║blicas de la Mujer a cargo del Consejo Nacional de la Mujer, dependiente de la Secretar├¡a de la Funci├│n P├║blica de la Presidencia de la Naci├│n. El citado monto deber├í financiarse mediante reasignaci├│n de los cr├®ditos aprobados por el art├¡culo 1┬║ de la presente ley, correspondientes a la Jurisdicci├│n 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Qué significa en la práctica
Este art├¡culo fue OBSERVADO ├¡ntegramente por el Decreto 2329/94 y nunca entr├│ en vigencia. El texto sancionado reforzaba en 4 millones de pesos el Programa 17 de Pol├¡ticas P├║blicas de la Mujer, a cargo del Consejo Nacional de la Mujer, con plata reasignada del Ministerio del Interior. El Ejecutivo lo vet├│ porque el art├¡culo no especificaba qu├® categor├¡as program├íticas del Interior deb├¡an afectarse, lo que a su juicio hac├¡a imposible concretar la reasignaci├│n.