Artículo 8Contrataciones que exceden el ejercicio financiero
Texto oficial
Autorízase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo15 de la Ley Nº 24.156 la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero de 1995, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla Nº 10 anexa al presente artículo.
Qué significa en la práctica
Habilita a contratar obras, bienes y servicios cuya ejecuci├│n se extienda m├ís all├í de 1995, seg├║n el detalle de la planilla 10. Es la excepci├│n al principio de anualidad del presupuesto que prev├® el art├¡culo 15 de la Administración Financiera: sin esta autorizaci├│n, el Estado no podr├¡a firmar contratos plurianuales porque comprometer├¡a cr├®ditos de ejercicios que el Congreso todav├¡a no vot├│.