Ley 24.459

Artículo 1Aprobaci├│n del Convenio de promoci├│n y protecci├│n rec├¡proca de inversiones con el Ecuador

Texto oficial

Apru├®base el Convenio Entre el Gobierno de la Rep├║blica Argentina y el Gobierno de la Rep├║blica del Ecuador Para la Promoci├│n y Protecci├│n Rec├¡proca de Inversiones, suscripto en Quito (Rep├║blica del Ecuador) el 18 de febrero de 1994, que consta de diez (10) art├¡culos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

El Congreso aprueba el tratado bilateral de inversiones con el Ecuador firmado en Quito el 18 de febrero de 1994. La aprobaci├│n legislativa habilita al Poder Ejecutivo a ratificarlo; el Convenio entra en vigor el primer d├¡a del segundo mes posterior a que ambos pa├¡ses se notifiquen que cumplieron sus requisitos constitucionales ÔÇöseg├║n el registro oficial de InfoLeg, eso ocurri├│ el 16 de octubre de 2003ÔÇö. El texto completo, de diez art├¡culos numerados en romanos, se anexa a la ley y tiene el mismo valor que el articulado: es ah├¡ donde est├ín las garant├¡as al inversor, las reglas sobre expropiaci├│n y transferencias, y la cl├íusula de internacional.

Efectos prácticos

  • Habilita al Poder Ejecutivo a ratificar el Convenio
  • El texto del Convenio, anexado, integra la ley y contiene las garant├¡as sustantivas

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