Ley 27.198

Artículo 41Diferimiento de pagos de deuda anterior a 2001

Texto oficial

— Mantiénese el diferimiento de los pagos de los servicios de la deuda pública del Gobierno Nacional dispuesto en el Art. 44 — Ley de Presupuesto 2015, hasta la finalización del proceso de reestructuración de la totalidad de la deuda pública contraída originalmente con anterioridad al 31 de diciembre de 2001, o en virtud de normas dictadas antes de esa fecha. (Nota Infoleg: por Art. 41 — Ley 27.341 (Presupuesto 2017) B.O. 21/12/2016 se mantiene el diferimiento de los pagos de los servicios de la deuda pública del gobierno nacional dispuesto en el presente artículo, hasta la finalización del proceso de reestructuración de la totalidad de la deuda pública contraída originalmente con anterioridad al 31 de diciembre de 2001, o en virtud de normas dictadas antes de esa fecha).

Qué significa en la práctica

Mantiene el diferimiento de los pagos de la deuda pública contraída antes del 31/12/2001 Art. 44 — Ley de Presupuesto 2015 hasta finalizar el proceso de reestructuración de esa deuda. Según nota de InfoLeg, la Ley 27.341 (Presupuesto 2017) lo mantuvo luego.

Normas relacionadas

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