Establécese para el Ejercicio 2021 un cupo fiscal de
PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 18.500.000.000) para ser
asignado a los beneficios promocionales previstos en el Art. 9 — Ley de Energias Renovables (base) y sus modificatorias. La de dicho
régimen normativo asignará el cupo fiscal de acuerdo con el
procedimiento establecido al efecto. Dichos beneficios promocionales se
aplicarán en pesos, conforme lo establecido por la . Sin perjuicio de lo previsto precedentemente, se
transferirá automáticamente al Ejercicio 2021, el saldo no asignado del
cupo fiscal presupuestado por el artículo 1° del decreto 882 de fecha
21 de julio de 2016, por el Art. 25 — Ley 27.341 (Presupuesto 2017), por el
Art. 23 — Presupuesto 2018 y por el Art. 26 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019).