Artículo 123Libertad de formas: las partes acuerdan libremente los términos del contrato
Texto oficial
Principio de libertad de formas. Las partes podrán acordar libremente los términos del .
Qué significa en la práctica
El entre la plataforma y el prestador independiente no tiene forma obligatoria ni contenido mínimo impuesto: las partes acuerdan libremente sus términos. En los hechos ese acuerdo suele quedar plasmado en los términos y condiciones que el prestador acepta al registrarse en la aplicación. Los límites siguen siendo los del resto del régimen: las obligaciones que el Art. 124 pone en cabeza de las plataformas, los derechos que el Art. 126 reconoce a los prestadores y, para lo no previsto, el Código Civil y Comercial de la Nación por remisión del Art. 128.
Efectos prácticos
•No hay forma obligatoria ni contenido mínimo impuesto para el contrato
•En los hechos el acuerdo son los términos y condiciones que el prestador acepta en la aplicación
•Los límites son las obligaciones del art. 124, los derechos del art. 126 y el Código Civil y Comercial por el art. 128