Texto oficial
D├®jase establecido que las sumas que se recauden con destino al Fondo Especial del Tabaco ser├ín distribuidas en su totalidad entre las provincias productoras de tabaco por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION, en proporci├│n al valor de las respectivas producciones provinciales; y a las obras sociales Osetra-Obra Social de los Empleados del Tabaco y Ospid Obra Social del Personal de la Industria del Tabaco en el porcentaje (0,35 %) indicado, todo de conformidad con la Ley N┬░ 19.800 y sus modificatorias.
Ratifícanse los convenios suscriptos por la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION, con las provincias de Catamarca, Corrientes, Chaco, Jujuy. Misiones, Salta y Tucumán y los representantes de la producción del tabaco para la reconversión y diversificación del sector.