Cláusula de forma: el Congreso remite la ley sancionada al Poder Ejecutivo Nacional para su promulgación y publicación. No agrega contenido normativo. El Poder Ejecutivo no dictó decreto de promulgación y la ley quedó promulgada de hecho el 18 de octubre de 1996, al vencer el plazo del artículo 80 de la Constitución Nacional. Como no hubo decreto, tampoco pudo haber .