Artículo 2Reservas sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, el Sector Ant├írtico Argentino y la soluci├│n de controversias
Texto oficial
Al procederse a su ratificación, teniendo en cuenta que entre los signatarios del CONVENIO SOBRE AYUDA ALIMENTARIA, 1995 y del CONVENIO SOBRE EL COMERCIO DE CEREALES, 1995, se encuentra la COMUNIDAD EUROPEA en cuyo Tratado Constitutivo figuran como territorios dependientes del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, las "Islas Falkland y dependencias" y el "Territorio Antártico Británico", deberán formularse las siguientes reservas:
"La REPUBLICA ARGENTINA señala que la inclusión de las "ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR, bajo la denominación errónea de "Islas Falkland y dependencias" no afecta en nada al derecho que tiene sobre dichas islas y los espacios marítimos circundantes que son parte integrante de su territorio nacional".
"La REPUBLICA ARGENTINA rechaza igualmente la inclusión del llamado 'Territorio Antártico Británico', al mismo tiempo que reafirma sus derechos al Sector Antártico Argentino, incluyendo a su soberanía y jurisdicción marítima correspondiente. Recuerda, además, las salvaguardias sobre reclamaciones de soberanía territorial en la Antártida previstas en el artículo IV del Tratado Antártico del 1º de diciembre de 1959, del cual la REPUBLICA ARGENTINA y el REINO UNIDODE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE son Partes".
"La REPUBLICA ARGENTINA no acepta que las disposiciones del artículo XV del CONVENIO SOBRE AYUDA ALIMENTARIA, 1995 y del artículo 8 del CONVENIO SOBRE EL COMERCIO DE CEREALES, 1995 se apliquen a controversias relativas a territorios bajo ocupación extranjera o dominación colonial sobre los cuales exista una disputa acerca de su soberanía en relación a la cual las Naciones Unidas hayan recomendado medios concretos de solución".
Qué significa en la práctica
Es el art├¡culo m├ís singular de la ley y no es una formalidad. El Congreso instruye al Poder Ejecutivo a formular tres reservas al ratificar el Convenio. El motivo est├í explicado en el propio texto: entre los firmantes est├í la Comunidad Europea, y en su Tratado constitutivo figuran como territorios dependientes del Reino Unido las "Islas Falkland y dependencias" y el "Territorio Ant├írtico Brit├ínico". Si la Argentina ratificara sin decir nada, podr├¡a interpretarse que acepta impl├¡citamente esa enumeraci├│n. Las reservas evitan ese efecto. La primera aclara que la inclusi├│n de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur bajo la denominaci├│n err├│nea de "Islas Falkland y dependencias" no afecta en nada el derecho argentino sobre esas islas y sus espacios mar├¡timos circundantes, que son parte integrante del territorio nacional. La segunda rechaza la inclusi├│n del llamado "Territorio Ant├írtico Brit├ínico", reafirma los derechos argentinos sobre el Sector Ant├írtico Argentino y recuerda que el art├¡culo IV del Tratado Ant├írtico de 1959 ÔÇödel que ambos pa├¡ses son parteÔÇö congela las reclamaciones de soberan├¡a en la Ant├írtida. La tercera es de otro orden: la Argentina no acepta que las cl├íusulas de soluci├│n de controversias de los dos convenios se apliquen a disputas sobre territorios bajo ocupaci├│n extranjera o dominaci├│n colonial cuando las Naciones Unidas hayan recomendado medios concretos de soluci├│n, que es exactamente el caso de la cuesti├│n Malvinas. Es la f├│rmula est├índar que la Argentina repite en los tratados multilaterales donde el Reino Unido o la Uni├│n Europea son parte, para que la participaci├│n en un r├®gimen t├®cnico no se convierta en un reconocimiento t├ícito.
Ejemplo práctico
Un tratado multilateral de materia t├®cnica ÔÇöac├í, el comercio de cerealesÔÇö tiene entre sus firmantes a la Comunidad Europea, y el Tratado constitutivo de esta enumera a las "Islas Falkland y dependencias" entre los territorios dependientes del Reino Unido. Si la Argentina ratificara sin m├ís, un tercero podr├¡a sostener que acept├│ esa enumeraci├│n. Con la reserva del art├¡culo 2, la Argentina participa del r├®gimen y deja constancia expresa, frente a todos los dem├ís signatarios, de que esa inclusi├│n no afecta su derecho sobre las islas. Es la misma f├│rmula que repite en cada tratado multilateral donde el Reino Unido o la Uni├│n Europea son parte.
Efectos prácticos
•El Poder Ejecutivo queda obligado a formular tres reservas al depositar el instrumento de ratificaci├│n
•Se deja a salvo la posici├│n argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y sobre el Sector Ant├írtico Argentino frente a los dem├ís signatarios
•La Argentina no queda sometida a las cl├íusulas de soluci├│n de controversias de ambos convenios en disputas de soberan├¡a sobre territorios bajo dominaci├│n colonial